24/04/2024

Trump, el patotero censurado

Por Revista Herramienta

A Trump lo sacaron del aire en simultáneo las tres grandes cadenas de tv en medio de un discurso en que denunciaba fraude en las elecciones presidenciales de EEUU. ¿Censura o moderación? ¿Cuáles son los límites a la expresión?

El jueves último, mientras reaccionaba con un discurso esperado y repleto de opiniones infundadas y acusaciones sin fundamento sobre el desenlace de las elecciones, el presidente estadounidense y candidato Donald Trump fue sacado del aire, al mismo tiempo y por el mismo motivo, por las cadenas de tv que lo transmitían. En simultáneo, algunas de las plataformas digitales más grandes removieron o etiquetaron sus mensajes. ¿Censura?

Trump denunciaba un presunto fraude en las reñidas elecciones presidenciales cuando la ABC, la NBC y la CBS, las tres principales cadenas de televisión de su país, interrumpieron bruscamente la emisión alegando falta de evidencia. 

El clímax electoral en la mayor potencia occidental le asignó a este episodio una trascendencia difícil de subestimar. Los fundamentos de la libertad de expresión como derecho, los límites a la circulación de discursos controvertidos (como las fake news o los discursos de odio) y la cancelación de la palabra de líderes o de ciudadanos comunes están en tela de juicio junto a la emergencia de gatekeepers o policías del discurso a quienes se les exige conductas contradictorias con su función pública.

El mismo jueves Facebook endureció sus políticas corporativas y redujo el alcance de los videos de Trump, mientras Twitter etiquetaba como erróneos sus mensajes a pesar de la indulgencia de la que goza Trump por ser presidente y que perderá el 20 de enero de 2021 cuando, de no moderar sus intervenciones, sufrirá la suspensión de su cuenta. Estas conductas de las plataformas vuelven a poner en evidencia el agotamiento de su etapa como "intermediarias" y su activo rol editorial, sea o no automatizado en algoritmos.

Lo ocurrido no es completamente nuevo: Trump tiene un estilo entre patotero y victimizante propio de la retórica pasivo agresiva que desplegó desde la cúspide del poder y no es novedosa la controversia con medios o periodistas que no comulgaron con su gobierno (como sí lo  hicieron Fox News y las grandes cadenas radiales). Recientemente las plataformas digitales comenzaron a reducir la difusión de las opiniones más agresivas del mandatario y llegaron a suprimir algunos de sus posteos, como cuando incitaba a disparar contra quienes protestaban por el asesinato de George Floyd. De ahí que Trump promoviera en mayo la revisión de la Sección 230 de la ley que otorga inmunidad a las plataformas digitales mediante un decreto que difícilmente cumpla Joe Biden como presidente.

Pero lo del jueves incluyó a las tradicionales cadenas de tv que, minutos antes de interrumpir abruptamente el discurso de Trump, habían decidido emitirlo por su obvio interés público y periodístico. Este comportamiento de la tv profundiza los interrogantes sobre quién decide qué expresiones pueden circular y bajo qué condiciones. Los contornos de “lo decible” son cada vez más inestables en la sociedad contemporánea. El caso también ilustra el poder corporativo en la mediación la conversación pública. 

Nadie esperaba, después de estos años de presidencia de Trump y de su prontuario, una reconversión moderada en su despedida. Por eso, cuando las cadenas de tv eligieron -con lógica informativa- emitir el discurso de Trump, sabían o intuían lo que venía. No pueden alegar sorpresa, y nada impedía que continuaran transmitiendo las opiniones de Trump y luego las criticaran diseccionando sus falacias, como lo han hecho en reiteradas oportunidades.

STOP THE COUNT!

— Donald J. Trump (@realDonaldTrump) November 5, 2020

Pero ¿acaso la licenciataria de un servicio de interés público, como son las cadenas de tv, está obligada a emitir la reacción de los candidatos a presidente ante los resultados de los comicios?. No, por supuesto que no está obligada. Aunque sería una discutible decisión editorial, ello no configuraría censura. Inquilinas de un recurso común (el espectro), las licenciatarias de tv deciden su programación dentro de parámetros genéricos regulados (porcentaje de contenido nacional, protección al menor, cantidad de minutos de publicidad). Y “están en su derecho” de no poner al aire la palabra de un candidato.

Pero ese no fue el caso: esta vez las cadenas de tv decidieron emitir el contenido. Al hacerlo, se comprometieron con la audiencia a darle acceso a las opiniones del candidato. Luego, como no les gustó el contenido, porque decretaron en el mismo momento que era falso, en forma simultánea, lo cortaron. Es decir, censuraron.

Coartar la expresión de un presidente y candidato en las cadenas de tv y en las principales plataformas digitales es todo un síntoma del deterioro de consensos básicos sobre el derecho a la libertad de expresión, considerado durante los últimos siglos pilar de la democracia.

Las emisoras de tv alegaron, al igual que Twitter y Facebook, que Trump difundía contenido falso. O sea que se erigieron además en fiscales y jueces de las opiniones censuradas. La superioridad moral ejercida de facto que contiene este acto es una de las razones del voto a Trump y a políticos “incorrectos” en distintas latitudes.

Desde la perspectiva de la libertad de expresión propia de los estándares de derechos humanos, la decisión de las cadenas de tv es peligrosa por tres motivos: primero, porque cercena la palabra del representante de una corriente de opinión que compite en elecciones y tiene derecho a dar su versión de los hechos, así sea delirante, mientras no ponga en riesgo la vida de terceros; segundo, porque obstruye el acceso de la sociedad a la expresión del candidato (así sea delirante); tercero, porque los medios se asignaron el rol de controladores del discurso en tiempo real y, con este antecedente, les resultará complejo no ejercer esa función a futuro y desentenderse de las consecuencias políticas y legales correspondientes.

En cambio, la CNN (no es cadena de tv abierta) emitió el discurso completo de Trump, editorializó con zócalos y complementó su edición luego con críticas a troche y moche. Su desempeño respetó el derecho de expresión de Trump, el de la audiencia, el de la propia empresa y el de su staff periodístico. La moderación realizada por la CNN contrasta con la cancelación de la opinión dispuesta por las grandes cadenas.

Hay quienes, o bien apegados a una versión maximalista de la Primera Enmienda (por la cual el Congreso de EEUU debe abstenerse de emitir leyes que limiten la libertad de expresión) o bien simpatizantes de una visión empresarial, plantean que técnicamente el episodio no fue censura porque el único que podría censurar sería el Estado. Pero que el Congreso no sancione normas que restrinjan la expresión no redime a otros actores (por ejemplo, grandes corporaciones) de censurar. En este caso fueron las cadenas privadas de tv las que interrumpieron la expresión de un candidato que es además la máxima conducción estatal. Las grandes corporaciones privadas y sociales no estatales también ejercen censura directa (asesinatos mafiosos, persecución ideológica a periodistas que se identifican con causas políticas, sindicales o sociales) e indirecta (concentración excesiva de medios). La Corte Interamericana de Derechos Humanos zanjó el tema en su Opinión Consultiva 5/85, que subraya que la protección de la libertad de expresión “no sólo trata de las restricciones gubernamentales indirectas, sino que también prohíbe expresamente "controles... particulares" que produzcan el mismo resultado”, es decir, censura.

Por otro lado, hay quienes plantean que si el contenido interrumpido o eliminado puede reconstruirse por otras vías, entonces no existiría censura, porque quien busque las palabras de Trump podrá hallarlas en un blog, por ejemplo. Esta es otra perspectiva estrecha de la censura y presenta dos problemas: en primer lugar, no pondera los efectos de la censura tanto en el emisor de un mensaje como en quienes podrían -de no existir restricciones- acceder al mismo, suponiendo pues que es indistinto que una canción, un video o un libro estén prohibidos en la medida que haya alguna posibilidad obviamente más acotada (cuando no clandestina) de acceso; en segundo lugar, subestima los efectos indirectos en términos de desincentivo o disciplinamiento para otras personas, para que se abstengan de imitar al censurado, so pena de sufrir censura también ellas. Hay que recordar que la interrupción a Trump se realizó en simultáneo por parte de las tres cadenas de tv.

Las restricciones al derecho a la libertad de expresión no pueden ser fruto de una evaluación impulsiva de corporaciones mediáticas como las emisoras de tv, o de decisiones de las plataformas digitales que alteran su algoritmo al calor de intereses particulares o de presiones externas para disminuir las operaciones de desinformación o el alcance de las llamadas “fake news”.

El derecho a expresarse comprende “la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección” (Convención Americana DDHH), por lo tanto, como dice la Corte Interamericana, “cuando se restringe ilegalmente la libertad de expresión de un individuo, no sólo es el derecho de ese individuo el que está siendo violado, sino también el derecho de todos a "recibir" informaciones e ideas”, socavando con ello la deliberación propia de la vida democrática.

Trump es una figura detestable para muchas personas, incluido el autor de esta nota. Pero el uso de la libertad de expresión cual comodín que da amparo a los amigos y se le niega a adversarios confunde un principio que hoy es problematizado en todo el mundo y en todas las plataformas. El peligro es claro: según la correlación de fuerzas, una parte de la sociedad queda huérfana del derecho elemental a la palabra.

Publicado por Letra P, el 9 de de noviembre de 2020

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